ASOCIACIÓN DE ABOGADOS LABORALISTAS DE ROSARIO
DOCUMENTO: “LA JUSTICIA DEL TRABAJO SANTAFESINA
ANTE EL NUEVO MODELO SOCIO-ECONÓMICO Y LABORAL” – Octubre de 2016
La situación previa y actual del
Fuero del Trabajo en Rosario y su zona (San Lorenzo, Casilda, Cañada de Gómez y
Villa Constitución). Estadísticas: El complejo cuadro
socio-económico-laboral existente en la Argentina y su realidad en Rosario y su
región circundante, prometen agudizarse en el corto plazo hasta encontrar su
nuevo piso económico y social (el buscado por el “nuevo” modelo de relación en
la disputa entre capital y trabajo) y viene impactando, como no puede ser de
otra manera, sobre la Justicia del Trabajo rosarina y regional y, convengamos,
le agrega severas tensiones a un Fuero que ya se encuentra, desde hace años,
colapsado y, por ello, impedido de dar respuestas efectivas a quienes acuden
ante él para lograr, más temprano que tarde, la percepción de sus créditos
laborales.
A ello se agrega que en las ciudades
de Villa Constitución, Casilda y Cañada de Gómez no existen juzgados del
trabajo sino –en cada ciudad- dos juzgados de fuero pleno: civil y comercial y
laboral, lo que atenta contra el
principio establecido en el artículo 20 de la Constitución Provincial que exige
la existencia de jueces especializados para resolver los casos de nuestra
materia. En la ciudad de San Lorenzo, si bien funciona un Juzgado del Trabajo,
el mismo no obstante se encuentra trabajando al límite de sus posibilidades,
requiriendo pronta atención de las autoridades a fin de optimizar su
funcionamiento, dotándolo de los recursos necesarios (de personal, edilicios y
materiales).
Por su parte, advertimos que los
empleados judiciales, los jueces del trabajo y los demás funcionarios de los
juzgados laborales no pueden continuar trabajando en condiciones de creciente
precariedad estructural; así se sigue empujando, en particular al fuero del
trabajo rosarino, a su inevitable paralización. Los abogados laboralistas
tampoco podemos continuar litigando en las precarias condiciones a que nos
somete tal estado de cosas y bajo un proceso judicial que ha dejado de ser,
desde hace muchos años, oral, breve y expeditivo.
Y no se crea que las modificaciones
necesarias para cambiar tal estado de cosas exigen, todas ellas, de ingentes
recursos presupuestarios; muchas bien podrían ser implementadas mediante
reformas legislativas o no tan complejas decisiones administrativas al interior
del Poder Judicial. En cuanto a las primeras, es imperiosa la reforma del
Código Procesal Laboral santafesino introduciendo un procedimiento más ágil
para el cobro de los créditos laborales –como el Proceso Monitorio-, al menos
de aquéllos que no requieren el tránsito por un procedimiento complejo como el
Juicio Ordinario laboral actualmente vigente, el cual también debe ser
modificado para, en definitiva, lograr la tutela
judicial efectiva de los créditos laborales. Se impone también la necesidad
crear la figura del “Secretario Audiencista” que agilice la realización de las
distintas audiencias, lo cual supondría el nombramiento de un personal más por
cada Juzgado, así como habilitar más espacio y equipamiento en los Tribunales
Provinciales de Rosario a fin de permitir la fijación de audiencias de trámite
y testimoniales con mayor celeridad, dado que en la mayoría de los Juzgados se
observa la fijación de audiencias para dentro de un año promedio, sin que se
encuentre presente el Juez, tal como lo ordena claramente el Código Procesal
Laboral santafesino.
Los juicios laborales deberían caracterizarse
por su celeridad (dada la urgencia que tiene normalmente cualquier trabajador
para percibir salarios y/o indemnizaciones adeudadas) pero en la práctica se
extienden durante no menos de dos a tres años llegando en no pocos casos a
entre cuatro y seis años de duración. Ante esta situación de la Justicia
Laboral son los propios empresarios incumplidores quienes muchas veces alientan
y amenazan a los trabajadores con la habitual frase: “¡Haceme juicio, total
demora años!”. En este sentido es inaceptable, por ejemplo, que una vez
iniciado el juicio y contestada la demanda por el empleador, el trabajador deba
esperar alrededor de un año para la celebración de la audiencia en un juzgado
laboral. De hecho, el artículo 51 del Código Procesal Laboral establece un
plazo no mayor a 30 días a dicho fin, pero ese plazo no se cumple en ningún
caso por el estado de colapso que venimos denunciando desde hace años y que, la
actual situación lo indica, tenderá a agudizarse.
En
Santa Fe no hay tutela judicial efectiva de los derechos de los trabajadores y
de sus créditos laborales.
Advertimos con gran preocupación que poco
y nada se destina para el Fuero del Trabajo, permanente olvidado de los
gobiernos provinciales de turno, el cual continúa siendo tratado como un fuero
de segunda categoría, mientras no ha ocurrido lo mismo, en especial, con el
Fuero Penal, atendido con crecientes y permanentes recursos presupuestarios
(como si la inseguridad e injusticia a nivel laboral no fuesen causas que
expliquen, al menos en parte, la situación de creciente inseguridad en que vive
la sociedad).
Así, en los
hechos, se sigue afectando el funcionamiento eficaz del Fuero Laboral,
probablemente con la velada intención de introducir como ‘solución mágica’ la
mediación prejudicial obligatoria , no
obstante ser claramente contraria al art. 20 de la Constitución Provincial, que
ordena la implementación de un procedimiento oral, breve y expeditivo ante
Jueces del Trabajo para la solución de los conflictos individuales del trabajo.
La agudización de la debacle en el
funcionamiento del Fuero es ya inocultable y sigue produciendo sus efectos
negativos respecto de sus destinatarios directos: los trabajadores; éstos se
ven sometidos a un proceso judicial kafkiano, que termina siendo un medio
(legal, estatal) no tendiente a la percepción de sus legítimos créditos
laborales, sino de aletargamiento de los reclamos y de licuación de sus
créditos, cuyo cobro, en lugar de insumirles solo algunos meses (como es el
caso, por ejemplo, de la República Oriental del Uruguay, cuyo procedimiento
laboral insume alrededor de 6 meses), termina demorando un promedio de 3 años.
La mano invisible del Mercado se
hace palpable en los Juzgados Laborales rosarinos, con solo pararse frente a
las Mesas de Entrada de cada uno de ellos y observar las largas filas de
Abogados aguardando ser atendidos y la enorme cantidad de causas (expedientes)
apiñadas en sus estantes. Sobran las palabras, los números hablan por sí solos.
POR LO TANTO, RECLAMAMOS
AL PODER EJECUTIVO PROVINCIAL (MINISTERIO DE JUSTICIA Y DD.HH.), A LA CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA DE LA PROV. DE SANTA FE Y A LA LEGISLATURA PROVINCIAL, QUE ADOPTEN LAS
MEDIDAS DEL CASO PARA SACAR AL FUERO DEL TRABAJO DE SU ESTADO DE COLAPSO;
PROPONEMOS LAS SIGUIENTES:
ü
LA ELABORACIÓN E IMPLEMENTACIÓN
DE UN PLAN INTEGRAL PARA LA JUSTICIA SANTAFESINA, QUE INCLUYA A LA JUSTICIA
LABORAL.
ü
LA CREACIÓN DE NUEVOS JUZGADOS
LABORALES EN LA CIUDAD DE ROSARIO.
ü
LA CREACIÓN DE JUZGADOS
LABORALES EN LAS CIUDADES DE VILLA CONSTITUCIÓN, CASILDA Y CAÑADA DE GÓMEZ Y EL
MEJORAMIENTO DE LA SITUACIÓN DEL JUZGADO LABORAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO.
ü
LA MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO
PROCESAL LABORAL.
ü
LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS
ADECUADOS Y SUFICIENTES PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL FUERO DEL TRABAJO ROSARINO Y
UNA MEJORA SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DE LOS EMPLEADOS.
ü
LA CREACIÓN DE LA FIGURA DEL
“SECRETARIO-AUDIENCISTA” EN CADA JUZGADO LABORAL.
UN PODER JUDICIAL LENTO E
INEFICIENTE –Y, POR ENDE, PARADÓJICAMENTE INJUSTO- SOLO PUEDE SERVIR AL PODER
ECONÓMICO PARA GARANTIZARLE IMPUNIDAD. UNA JUSTICIA DEL TRABAJO COLAPSADA NO LE
SIRVE A SUS DESTINATARIOS: LOS TRABAJADORES, SINO A QUIENES HACEN DE LA
CONCULCACIÓN DE SUS DERECHOS UNA VERDADERA “INDUSTRIA”.
Estamos convencidos de
que LOS PROBLEMAS DE LA JUSTICIA DEL TRABAJO SE SOLUCIONAN CON MÁS Y MEJOR
JUSTICIA DEL TRABAJO.
ESTADÍSTICAS
FUERO LABORAL ROSARINO (COMPARATIVO)
A
diciembre de 2015 y anexo febrero a octubre de 2016
1)
CANTIDAD DE JUECES LABORALES POR HABITANTE (estimado a diciembre 2015;
fuente población Censo Nacional INDEC 2010, proyectado a 2015):
Depto. Rosario 1.236.089 Habitantes ÷ 10 Jueces = 1 Juez cada 123.608 Habitantes.
Depto. La Capital Santa Fe 521.759 Habitantes ÷ 5 Jueces = 1 Juez cada 104.351
Habitantes .
Gran Córdoba 1.330.023 Habitantes ÷ 33 Jueces =
1 Juez cada 40.303 Habitantes .
C.A.B.A.: CABA 2.890.251 Habitantes ÷ 80 Jueces
= 1 Juez cada 36.128 Habitantes.
Gran Mendoza: Gran Mendoza 1.123.371 Habitantes ÷
21 Jueces = 1
Juez cada 53.493 Habitantes.
2)
INGRESO DE CAUSAS MESA ENTRADAS ÚNICA FUERO LABORAL DE ROSARIO Y SANTA FE
(2010 a Febr./Octubre. 2016):
AÑO
2010 = 20.742
(MESA DE ENTRADAS ÚNICA FUERO CIVIL Y COMERCIAL
ROSARIO = 23.329 CAUSAS)
AÑO
2011 = 27.914
(M.E.U. FUERO C.y C. ROSARIO = 23.221 CAUSAS)
AÑO
2012 = 25.915
(M.E.U. C.C. ROSARIO = 21.409 CAUSAS)
AÑO
2013 = 20.535 (M.E.U. LAB. Ciudad de Santa Fe: 4.465
causas iniciadas).
(M.E.U. C.C. ROSARIO = 23.721 CAUSAS)
AÑO
2014 = 21.412 (M.E.U. LAB. Ciudad de Santa Fe: 4.595
causas iniciadas).
(M.E.U. C.C. ROSARIO = 21.672 CAUSAS)
AÑO
2015 = 21.507 (M.E.U. LAB. Ciudad de Santa Fe: 4.625
causas iniciadas).
(M.E.U. C.C. ROSARIO = 22.642 CAUSAS)
FEBRERO-OCTUBRE
2016 = 17.400 (Ciudad de Santa Fe: 4.246 causas
iniciadas).
(M.E.U. C.C. ROSARIO = 15.500 CAUSAS)
3)
CANTIDAD DE CAUSAS LABORALES INICIADAS POR C/ JUEZ DEL TRABAJO Y CIVIL Y
COM. (ROSARIO):
AÑO
2010 = PROMEDIO 2.305 CAUSAS X C/ JUEZ LABORAL.
(POR C/ JUEZ CIVIL Y COM. = 1.296 CAUSAS)
AÑO
2011 = PROMEDIO 3.102 CAUSAS X C/ JUEZ LABORAL.
(POR C/ JUEZ CIVIL Y COM. = 1.290 CAUSAS)
AÑO
2012 = PROMEDIO 2.879 CAUSAS X C/ JUEZ LABORAL .
(POR C/ JUEZ CIVIL Y COM. = 1.189 CAUSAS)
AÑO
2013 = PROMEDIO 2.282 CAUSAS X C/ JUEZ LABORAL
(Ciudad de Santa Fe: 893 causas x c/ Juez Laboral).
(POR C/ JUEZ CIVIL Y COM. = 1.318 CAUSAS )
AÑO
2014 = PROMEDIO 2.141CAUSAS X C/ JUEZ LABORAL (Ciudad
de Santa Fe: 919 causas por c/ Juez Laboral).
(POR C/ JUEZ CIVIL Y COM. = 1.204 CAUSAS).
AÑO
2015 = PROMEDIO 2.151 CAUSAS X C/ JUEZ LABORAL (Ciudad
de Santa Fe: 925 causas x c/ Juez Laboral).
(POR C/ JUEZ CIVIL Y COM. = 1.258 CAUSAS).
AÑO
2016 (Febrero a octubre) = PROMEDIO 1740 CAUSAS X C/ JUEZ LABORAL (Ciudad
de Santa Fe: causas 849 x c/ Juez Laboral).
(POR C/ JUEZ CIVIL Y COM. = 386 CAUSAS).
Debe tenerse en cuenta que en
Santa Fe Capital existe una mayor proporción de empleados públicos entre los
trabajadores en relación de dependencia que en la ciudad de Rosario, quienes no
litigan en los Juzgados del Trabajo sino en la Cámara de lo Contencioso
Administrativo.
El
sistema cordobés (Capital) es distinto al de Rosario y de Santa Fe Capital,
porque hay 10 Juzgados de Conciliación que instruyen la prueba y once cámaras
de tres vocales cada una, es decir 33 jueces que dictan sentencias en forma
oral y unipersonal en instancia única. Luego hay recurso de casación ante el
Trib. Sup. de Justicia.