Asesoramiento Jurídico

Problemas de Trabajo - Trabajador/a informate acerca de tus derechos

Consultas sin cargo a trabajadores/as

Sebastián Serrano Alou

Abogado Laboralista de la ciudad de Rosario, Santa Fe, Argentina - Magíster en Derecho del Trabajo y Relaciones Laborales Internacionales, Universidad Nacional de Tres de Febrero

serranoalou@yahoo.com.ar

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30 oct 2017

Trabajador flexibilizado

INFORME ESPECIAL> La desregulación laboral
Trabajador flexibilizado
Cuando el Gobierno habla de desregular el mercado laboral, utiliza la concepción doctrinaria del neoliberalismo. Esta teoría dice que se van a generar más oportunidades de empleo si se afecta a los que tienen trabajo y ciertos “privilegios”: jubilación, obra social, vacaciones pagas, indemnización por despido. En realidad, la intención oficial no es generar más empleo, sino beneficiar a las empresas bajando el costo salarial.



Cuando desde el Gobierno Nacional o las entidades empresarias, que en este aspecto son más o menos lo mismo, hablan de desregular el mercado laboral utilizan una concepción doctrinaria afín al neoliberalismo que en la Ciencia Económica se conoce como escuela neoclásica, la que constituye el abrevadero ideológico de los CEOs que ejecutan por estos días la política oficial.
Ese think tank económico oficial tiene en esa concepción doctrinaria un argumento “cuasi-populista” y es que la desregulación laboral va a generar más oportunidades de empleo. Algo así como que si afectamos un poco a los que todavía tienen trabajo y ciertos “privilegios” (jubilación, obra social, vacaciones pagas, indemnización por despido), quienes están afuera del mercado pueden tener más oportunidades de conseguir uno

Teoría y realidad

Esta convicción “científica” se basa en la teoría neoclásica, en la cual casi todas las relaciones económicas son susceptibles de sintetizarse en un gráfico de dos dimensiones: el eje de las abscisas (X) y el de las ordenadas (Y), en el que se puedan representar dos o más funciones que al juntarse en algún punto brindan los valores de equilibrio para distintas situaciones, postulando que esto no sólo significa una situación determinada sino, además, lo que debería ser según las “leyes” económicas.
El diagrama más típico de este tipo de análisis es el de las funciones de oferta y demanda de cualquier producto, como relación básica del mercado de ese bien entre quienes salen a venderlo y quienes quieren comprarlo. La definición de mercado es una de las típicas abstracciones en economía, ya que no es un lugar físico sino un espacio de relaciones sociales entre oferentes y demandantes de un producto o servicio.
El primer axioma de la teoría neoclásica es que las relaciones laborales se desarrollan en el marco de un “mercado”, obviamente el de trabajo, donde los oferentes son las personas que buscan un empleo y para ello ofrecen su aptitud laboral, mientras que los demandantes son los empleadores que necesitan mano de obra para llevar a cabo la producción de bienes o servicios. Obsérvese esta curiosidad analítica, donde la oferta surge de la Población Económicamente Activa (PEA) y la demanda de las empresas, al revés que en todos los demás mercados donde los oferentes son los productores y los demandantes, las familias.
Más curioso aún es cómo la teoría neoclásica construye las funciones de oferta y demanda de este supuesto mercado. Las dos variables que se representan en los ejes para ambas funciones son: el salario real como variable independiente y la cantidad de trabajo o empleo como variable dependiente. El salario real se define como el cociente entre el salario nominal (valuado en dinero) y algún índice de precios de la canasta que consume un asalariado típico. La cantidad de trabajo puede medirse en número de personas u horas de trabajo disponibles en cada momento, cuyo valor máximo está dado por la PEA.
Vayamos a las funciones para ver por qué la de oferta de mano de obra tiene pendiente positiva y la de demanda pendiente negativa. Una pendiente positiva nos dice que la oferta de fuerza de trabajo aumenta a medida que crece el salario real, lo que implica que si la remuneración se incrementa habrá más gente dispuesta trabajar y, viceversa, que si el salario real disminuye habrá menos personas que quieran trabajar. 
Este contrasentido empírico que maneja la teoría neoclásica se basa en la idea de que las personas que no poseen medios de producción propios y deben ofrecer como única opción su fuerza de trabajo, lo hacen optando entre trabajar o dedicarse al ocio. Pero como el ocio es naturalmente preferible al trabajo, según los neoclásicos, para que alguien se decida a vender (alquilar) su fuerza de trabajo tiene que haber una buena recompensa en el poder adquisitivo de su remuneración, o sea en el salario real.
La pregunta inmediata que surge con este razonamiento es si los autores y discípulos neoclásicos hablaron alguna vez con un trabajador real, porque los trabajadores de verdad tienen que trabajar sí o sí aunque el salario real caiga. Peor aún, si el salario real cae mucho por aumento de precios de consumo tienen que salir a buscar otro empleo complementario para poder compensar la pérdida de poder adquisitivo. La opción de un trabajador no es entre dedicarse al ocio o trabajar, como lo sería para alguien que vive de rentas, sino que su opción es entre “parar la olla en su casa o pasar hambre con toda su familia”. En consecuencia, aunque existiera un mercado de trabajo estilo neoclásico, la forma de la función de oferta laboral no tiene nada que ver con el comportamiento real de quienes ofrecen su fuerza de trabajo como única alternativa.
Pasemos a la función de demanda de mano de obra por parte de los empleadores. Los neoclásicos sostienen que la función de demanda tiene pendiente negativa, o sea que la cantidad de mano de obra demandada disminuye a medida que aumenta el salario real y viceversa, porque coincide con la función de costos marginales de las empresas, que indica cuánto aumenta el costo unitario de los bienes que producen a medida que agregan una unidad más de mano de obra a su proceso productivo. Esto es porque “suponen” que las empresas ya están utilizando toda su capacidad productiva por lo cual es lógico (pero no real) deducir que a medida que agregan trabajo al mismo equipamiento de producción la productividad de esa adición de mano de obra es menor que la de los que estaban ocupados.
¿Qué es lo que sucede en la realidad? Que el nivel de producción de las empresas no depende de la relación entre salario real y costos marginales decrecientes, porque en el corto plazo estos costos son relativamente constantes combinando más trabajadores (o más horas de trabajo) con el equipamiento adicional que mantenían ocioso en previsión de aumento de la demanda. ¿Y entonces de qué depende la demanda de mano de obra de las empresas? De la demanda que haya de los bienes que fabrican, que a su vez depende del ingreso de los consumidores, que además depende del nivel de actividad económica.

Oferta y demanda

Pero aun así, demos otro crédito a esta doctrina y  supongamos que el mercado de trabajo funciona como dicen los neoclásicos. La intersección de la oferta y la demanda de trabajo fijaría un salario real (w*) y una cantidad de mano de obra utilizada (q*) de equilibrio en el punto E. ¿Por qué equilibrio? Porque, como dijimos antes, suponen que las empresas no tienen capacidad ociosa y, además, los trabajadores que están a la derecha del punto E no les interesa trabajar al salario real w*, y como los que no buscan empleo no son considerados desempleados: tenemos pleno empleo de maquinaria y mano de obra. 
Imaginemos ahora qué pasaría si por algún motivo se fijara el salario real por encima del valor de equilibrio w*, por ejemplo en w1. La oferta de mano de obra aumentaría, porque con ese salario tentador hay trabajadores que abandonarán el ocio y ahora prefieren trabajar. Ese nuevo salario le corresponde una cantidad de fuerza de trabajo ofrecida en el mercado, aumentando del punto q* al punto d en el eje horizontal.
Pero a la vez la cantidad demandada de mano de obra por las empresas es menor que antes, ya que ahora ese nuevo salario real es más elevado que el costo marginal de producción; luego, desde el punto de vista de la demanda se pasa del punto de equilibrio inicial q* al nivel c de cantidad demandada con el nuevo salario. Entonces la distancia entre c y d en ese eje es la medida de la desocupación, porque a lo largo de curva de oferta en ese tramo están todos los trabajadores que quieren trabajar y no consiguen empleo.

Desregular

¿Cómo puede ser que el “mercado” se salga del punto de equilibrio siendo tan sabio? La respuesta neoclásica típica es que el mercado no es el culpable; éstos son el Estado y el poder de los sindicatos, sobre todo cuando hay un gobierno “populista”, que con las regulaciones legales y las amenazas de paro de los sindicatos logran un salario real que en lugar de beneficiar perjudica a los trabajadores. ¿Y cuál es su conclusión y recomendación de política? Desregular el mercado de trabajo y lograr que el salario real caiga todo lo necesario como para que una parte de la fuerza de trabajo se retire voluntariamente del mercado y deje de trabajar sin ser desocupado. O dicho de una forma paradojal: “se llega al pleno empleo destruyendo puestos de trabajo”.
Con esta falacia teórica los neoliberales, amamantados por la teta neoclásica, fundamentan su recomendación de desregular el mercado laboral. Pero al desentrañar esta falacia doctrinaria, lo único que queda en el cedazo es la clara intención de beneficiar a las empresas bajándoles el costo salarial. Además, porque con un gran “ejército de reserva”, reclutado con los nuevos desempleados que querrán trabajar a cualquier salario por bajo que sea (al revés de lo que postula la curva de oferta neoclásica), el que va a bajar no es sólo el real sino también el salario nominal.

Refutación

Conclusiones no neoclásicas:
1. El ámbito laboral es el espacio institucional más importante de una economía y no se rige por las “leyes” de un mercado, por lo cual podemos afirmar que no sólo no existe como tal sino que es la construcción imaginaria de una teoría que en más de dos siglos de existencia nunca acertó en este tema.
2. El ámbito laboral en la inmensa mayoría de las economías modernas es un espacio de negociación entre instituciones que representan por un lado a los trabajadores (sindicatos) y por otro lado a los empresarios (cámaras), tutelados por el Estado, que además de establecer el marco regulatorio/legal homologa o no los acuerdos alcanzados por los otros dos actores. 
3. El nivel de empleo (o desempleo) de la economía tiene poco o nada que ver con la relación entre el salario real y la productividad marginal del trabajo; sí tiene que ver con el nivel de la demanda efectiva de bienes y servicios de toda la economía, de modo que no es bajando el salario real que se llegará al pleno empleo, sino haciendo lo contrario para que la demanda efectiva se fortalezca con el consumo de los trabajadores.
4. Si de todas maneras el Gobierno insiste con la desregulación del “mercado de trabajo”, el motivo no ha de ser la generación de más empleo sino reducir los costos de las empresas, sin asumir que la caída de la demanda efectiva que eso provoca puede tener peor efecto que la reducción del costo salarial. 
5. La visión neoclásica de las relaciones laborales, refutada infinidad de veces no sólo por otras doctrinas sino por la realidad misma, brinda el marco ideal para estas políticas porque es funcional a los ajustes económicos en cabeza de los más débiles. 
* Economista. Subcoordinador de la Licenciatura en Economía en la Universidad Nacional Arturo Jauretche.

27 oct 2017

Derechos laborales y sindicales: denuncias ante la CIDH

  

derechos laborales y sindicales: denuncias ante la cidh

Más de veinte organizaciones sindicales, de derechos humanos y asociaciones profesionales nos presentamos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos con una serie de denuncias y un petitorio de no regresividad en derechos laborales y el cese de criminalización y hostigamiento a distintos representantes de los trabajadores.

Esta mañana participamos de la audiencia pública ante la CIDH, en su 165 período de sesiones, sobre la situación de los derechos laborales y sindicales en la Argentina.
La audiencia se realizó por pedido de una serie de organismos de derechos humanos, asociaciones profesionales y sindicatos para informar a la Comisión sobre el cuadro de hostigamiento y criminalización de dirigentes sindicales, la intervención de diversos sindicatos, la estigmatización y persecución de jueces del fuero laboral y de abogados ligados a la defensa de los trabajadores.
El contexto en el que se están dando estas conductas del gobierno argentino se caracteriza por un mayor desempleo, la pérdida del valor real de los salarios y la precarización laboral, que afecta en mayor medida a las trabajadoras. Además de una anunciada reforma regresiva del derecho al trabajo y la seguridad social.
La jueza Lucía Aseff, de la Asociación Nacional de Jueces y Juezas del Trabajo de la República Argentina (ANJUT), manifestó su preocupación ante los comisionados por la práctica del Poder Ejecutivo Nacional de denunciar a los jueces y juezas laborales, a partir del contenido de sus sentencias. Matías Cremonte, presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas, caracterizó la estigmatización de los defensores de derechos humanos, llamados “mafia” por algunos funcionarios del gobierno, en las acciones que buscan quebrantar la independencia del poder judicial, avanzar contra leyes y en la confección de listas negras de abogados y trabajadores reclamantes.
Por otro lado, si bien el Ministerio de Trabajo tiene prohibido intervenir sindicatos, Hugo Blasco, el secretario de Derechos Humanos de la CTA Autónoma, denunció que fueron intervenidos siete en los últimos meses. El Estado utilizó distintas vías: impidió procesos electorales  para provocar el vencimiento de los mandatos y la “acefalía”, suspendió o anuló procesos de renovación de autoridades electas para reemplazarlas por funcionarios de gobierno. Cuando estas situaciones fueron revertidas judicialmente, el Ministerio de Trabajo no acató las sentencias. A estas prácticas, como dijo el secretario de CTERA, Roberto Baradel, se suman y reiteran otras: la estigmatización pública de los dirigentes sindicales y la persecución penal por el ejercicio del derecho a la huelga y a la protesta, con la finalidad de intimidar y neutralizar el activismo; la condena de trabajadores por figuras penales diversas; la imposición de multas mediante la justicia contravencional; la represión de protestas laborales por parte de distintas fuerzas de seguridad y la presencia policial en la gestión de los conflictos laborales.
Carla Gaudensi, del Sipreba, señaló la represión y el desalojo en Pepsico por parte de la policía Bonaerense y de la Gendarmería. También, que en el marco de la protesta social cuando se cumplió un mes de la desaparición de Santiago Maldonado, siete trabajadores de prensa fueron detenidos y estuvieron incomunicados por 48 horas; es decir que la represión alcanzó a los trabajadores que cubren periodísticamente los hechos que suceden en el país.
El petitorio que se presentó ante la CIDH es para que el Estado argentino garantice la no regresividad en materia de derechos laborales y de seguridad social, la autonomía sindical, la libertad de negociación colectiva y se abstenga de interferir en su desarrollo. También, que cesen la criminalización de los dirigentes sindicales como represalia por el ejercicio de su función de representantes de los trabajadores, el ataque y estigmatización de los abogados laboralistas. Se solicitó, además, que retire los pedidos de juicio político a los magistrados laborales por el contenido de sus sentencias, que se abstenga de promoverlos en el futuro, y garantice la independencia de los magistrados laborales en el ejercicio de su función.
La exposición del Estado se limitó a señalar sus definiciones generales sobre la división de poderes, el reconocimiento de los derechos humanos y su voluntad de diálogo, cuando en realidad debía dar detalles precisos sobre la situación que los peticionantes planteamos en la audiencia.
Los comisionados realizaron preguntas muy concretas sobre los casos en que se generaron procesos de criminalización, pidieron mayor información sobre los casos en los que se utilizó a las fuerzas policiales para resolver conflictos laborales y los hechos de represión de la protesta. También se mostraron preocupados por la situación de los jueces laborales y quisieron saber cuáles fueron los supuestos utilizados para perseguir e iniciar investigaciones sobre ellos. Respecto de los abogados laborales se mostraron alarmados por las calificaciones estigmatizantes del gobierno.
También participaron de la audiencia y fueron escuchados representantes de la CTA Autónoma y la CTA de los Trabajadores, de la Corriente Federal de los Trabajadores de la CGT, de la Corriente Laboralista 7 de julio, de ATE Capital y ATE Nacional, de la Federación de Trabajadores Aceiteros, del Sindicato Unificado de Trabajadores de la Educación Fueguina (SUTEF), de la Asociación Gremial de Trabajadores del Subte y el Premetro (AGTSyP), de la Asociación de Empleados de Farmacia, de la Asociación Gremial de Empleados y Funcionarios del Poder Judicial de Mendoza, del Sindicato Unificado de Trabajadores de la Educación de Buenos Aires (SUTEBA) y de la Federación Nacional de Docentes Universitarios (CONADU).
El petitorio fue solicitado, además por la Federación de Trabajadores de la Energía de la República Argentina (FETERA), la Asociación Bancaria (Sociedad de Empleados de Banco) de la CGT, el Sindicato de Obreros y Empleados del Azúcar del Ingenio Ledesma (SOEAIL), el Sindicato de Obreros y Empleados del Azúcar del Ingenio La Esperanza, la Federación Gráfica Bonaerense (FGB), el Sindicato de Luz y Fuerza de Zárate y el Centro de Profesionales por los Derechos Humanos (CEPRODH).